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Feministas piden eliminar objeción de conciencia aprobada por el Senado

Mujeres del H. Congreso de la Unión exigen a Enrique Peña Nieto que ejerza su facultad de veto para dar marcha atrás a la objeción de conciencia.

Representantes del Senado de la República, candidatas a cargos de elección popular y personas que se identifican como miembros de la corriente feminista, enviaron un carta al presidente Enrique Peña Nieto para que haga valer su facultad conferida por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM)¹ para vetar la recién aprobada reforma al artículo 10 Bis de la Ley General de Salud, que establece la objeción de conciencia para el personal médico y de enfermería.

Objeción de conciencia, un “concepto subjetivo”

Con esto en mente y tomando como base la información depositada en un artículo publicado por el periódico Rotativo de Querétaro, el grupo  encabezado por las senadoras del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Angélica de la Peña; y Mary Telma Guajardo Villarreal, la senadora independiente Martha Tagle y su similar por Movimiento Ciudadano, Patricia Mercado, enviaron la misiva al presidente de la República, donde se detalla lo siguiente:

El 18 de febrero de 2016 el Poder Ejecutivo emitió, por conducto de la Secretaría de Salud, una opinión al dictamen donde aclaró que la objeción de conciencia ya está protegida en los artículos 5, 6 y 24 de la CPEUM que mencionan el derecho de cualquier persona de ejercer la profesión, la industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos; y la libertad de convicción éticas, de conciencia y de religión […] la ley protege el derecho de libertad de conciencia pero este principio no se puede regular específicamente, toda vez que se trata de un concepto subjetivo que únicamente el profesional de la salud que lo ejerce, sabe y atiende, por lo que, menciona el documento, pretender exceder su influencia queda fuera de una decisión ética aceptable.

Protección de los DD.HH. de las pacientes

De acuerdo con las declaraciones de la senadoras, quienes contaron el apoyo y la presencia de la académica Gloria Ramírez Hernández y la ex magistrada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), María del Carmen Alanís Figueroa, la reforma está redactada de manera muy general, lo que podría ocasionar por un lado, la interferencia en la atención médica que requiere un paciente, por motivos de índoles moral, y por otro, que el médico imponga al paciente sus creencias o condicione sus servicios.

A partir de la reforma constitucional en materia de Derechos Humanos, vigente desde 2011, se debe garantizar que todas las personas gocen de los Derechos Humanos, el derecho a la salud y que el Sistema Nacional de Salud garantice que existan médicos no objetores para prestar los servicios de salud.

A todo esto, ¿qué opinión tienen los médicos al respecto?


¹ Depositado en el Artículo 72, inciso c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), el derecho de veto faculta al titular del Ejecutivo Federal, en este caso, a Enrique Peña Nieto, para dar marcha atrás a un proyecto de Ley aprobado por el H. Congreso de la Unión.

Artículo 72.

[…]

c) El proyecto de ley o decreto desechado en todo o en parte por el Ejecutivo (Enrique Peña Nieto), será devuelto, con sus observaciones, a la Cámara de su origen. Deberá ser discutido de nuevo por ésta y si fuese confirmado por las dos terceras partes del número total de votos, pasará otra vez a la Cámara revisora. Si por esta fuese sancionado por la misma mayoría, el proyecto será ley o decreto y volverá al Ejecutivo para su promulgación.

Imagen: Twitter

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