Los cuidados paliativos pediátricos ahora son obligatorios: CSG

Todas las instituciones tienen como plazo enero de 2022 para informar la atención de cuidados paliativos que ofrecen a sus pacientes.

En la atención a los pacientes todos los aspectos son de importancia para ofrecer un servicio integral. En el caso de las enfermedades terminales o de alta gravedad son necesarios los cuidados paliativos por su impacto en la calidad de vida. Aunque uno de los inconvenientes es que muy pocos los reciben. A la fecha es uno de los aspectos que se buscan cambiar en nuestro país.

Ahora bien, esta situación no es exclusiva de México sino que afecta a toda la región. Al menos hasta 2018 apenas uno de cada 100 pacientes en América Latina podía acceder a esta alternativa para disminuir sus dolores.

Por su parte, ahora el Consejo de Salubridad General (CSG) hizo un importante anuncio. Acordó modificar el acuerdo por el que declara la obligatoriedad de los esquemas de manejo integral de cuidados paliativos, así como los procesos señalados en la Guía del manejo integral de cuidados paliativos en el paciente pediátrico, publicado el 14 de diciembre de 2016.

En la Segunda Sesión Ordinaria 2021, realizada de manera virtual y presidida por el secretario de Salud, Jorge Alcocer Varela, en su calidad de presidente de este órgano colegiado, se informó que las instituciones que integran el Sistema Nacional de Salud tienen como plazo límite el final del mes de enero de 2022 para informar sobre la atención que proporcionan a pacientes con dolor crónico y aplicación permanente de la medicina paliativa que brindan a la población adulta y pediátrica.

Otros cambios propuestos

También se acordó por unanimidad proponer que el Reconocimiento al Mérito Médico que se entrega cada 23 de octubre lleve el nombre de Reconocimiento al Mérito Médico “Dr. Valentín Gómez Farías”. Esto es debido a sus aportaciones para sentar las bases de lo que hoy son las facultades de medicina.

En este encuentro, el titular de Salud, Jorge Alcocer Varela, destacó la necesidad de impulsar la certificación de establecimientos de atención médica pública y privada para transformar el sistema sanitario del país. Instruyó a las y los integrantes del CSG para que regulen este proceso en donde se establezcan tiempos para la certificación y recertificación de los servicios, tipos de evaluación y convenios o alianzas que se realicen de manera interinstitucional.

El secretario técnico de la Comisión de Certificación de Establecimientos de Atención Médica del Consejo de Salubridad General, Raúl Anaya Núñez, se refirió al proceso de certificación como una necesidad y eje para poner en el centro la seguridad y calidad del servicio a las y los pacientes.

Señaló que, en el desarrollo de este modelo, la certificación debe verse como un medio y no como un fin, con el propósito de estandarizar procesos sustentados en mejores prácticas y criterios internacionales; reducir riesgos y variabilidad de los procesos, así como dar un enfoque proactivo a la toma de decisiones en la atención médica.

“Este proceso deberá ser de participación voluntaria, mediante promoción de alianzas y convenios; formación y desarrollo de implementadores y evaluadores del modelo; revisión y actualización de estándares de certificación por niveles, así como el uso de las herramientas tecnológicas que faciliten su concreción”.

El secretario del Consejo de Salubridad General, José Ignacio Santos Preciado, dio a conocer los avances de la Política Nacional Integral para la Gestión de Sustancias Químicas y del programa de acción de aplicación inmediata para el control de la exposición a plomo.

Entre las propuestas destacan incluir la vigilancia de exposición al plomo en las Encuestas Nacionales de Salud y Nutrición (Ensanut), que se realizarán a partir de 2022, y la puesta en marcha de un sistema piloto de vigilancia epidemiológica de plomo en sangre en niñas y niños menores de cinco años y en mujeres embarazadas que se atienden en unidades de primer nivel de la Secretaría de Salud, en algunas regiones del país.

Asimismo, se informó que continúan los trabajos para elaborar las modificaciones de la NOM-199 SSA1-2000, Salud Ambiental. Niveles de plomo en sangre y acciones como criterios para proteger la salud de la población expuesta no ocupacionalmente.

Rodrigo Rojas
Editor web del portal Saludiario, único en México especializado en la industria de la salud. Contacto: [email protected]