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Todo lo que necesitas conocer sobra la nueva NOM de equipamiento de consultorios médicos

La nueva NOM-005-SSA3-2018 contiene los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento que deben tener los consultorios médicos.

La aspiración de cualquier médico es contar con su propio consultorio. Se trata de un sueño válido y que es posible si te esfuerzas lo suficiente y pones todo tu empeño. No es sencillo pero tampoco imposible, aunque primero vas a requerir contar con una inversión económica para la compra de equipo y renta de un local. Como todo proyecto, necesita de planificación y constancia para que se pueda concretar y sea redituable a largo plazo.

Ahora bien, sumado al aspecto económico también se encuentra el legal. Requieres de tramitar los documentos pertinentes ante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y cumplir lo que estipulan los reglamentos actuales.

Reglamento actualizado para equipamiento de consultorios médicos

En ese sentido, el pasado 9 de julio hubo un cambio muy importante porque se dio a conocer la Norma Oficial Mexicana NOM-005-SSA3-2018. Se trata de una actualización a la que anteriormente regulaba los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de establecimientos para la atención médica de pacientes ambulatorios. Entra en vigor a partir de los 60 días hábiles después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) pero de cualquier forma es necesario que la conozcas.

La nueva NOM especifica que todos los consultorios deben contener los siguientes aspectos mínimos.

Mobiliario

  • Asiento para el médico.
  • Asiento para el paciente y acompañante.
  • Asiento para el médico en la exploración del paciente.
  • Banqueta de altura o similar.
  • Báscula con estadímetro.
  • Cubeta o cesto para bolsa de basura municipal y bolsa de plástico color rojo para residuos peligrosos biológico-infecciosos, así como contendor rígido para residuos peligrosos punzo-cortantes.
  • Guarda de medicamentos, materiales o instrumental.
  • Mesa de exploración con pierneras.
  • Mesa de Mayo, Pasteur o similar, de altura ajustable.
  • Mueble para escribir.
  • Mueble para guarda de expedientes clínicos.

Equipo profesional

  • Esfigmomanómetro preferentemente, aneroide o electrónico con brazalete del tamaño que requiera para su actividad principal.
  • Estetoscopio biauricular.
  • Estetoscopio Pinard.
  • Estuche de diagnóstico (oftalmoscopio opcional).
  • Lámpara con haz direccionable.
  • Negatoscopio.

Instrumental

  • Caja con tapa para soluciones desinfectantes.
  • Espejos Graves chicos, medianos y grandes (opcional).
  • Mango para bisturí.
  • Martillo percusor.
  • Pinza de anillos.
  • Pinza de disección con dientes y sin dientes.
  • Pinza tipo mosquito.
  • Pinza para sujetar cuello de matriz (opcional).
  • Pinza curva.
  • Porta aguja recto, con ranura central y estrías cruzadas.
  • Riñón de 250 mililitros de mayor capacidad.
  • Tijera recta.
  • Torundero con tapa.

Varios

  • Cinta métrica.
  • Termómetro clínico.

Material de curación

  • Apósitos.
  • Algodón.
  • Campos estériles.
  • Gasas.
  • Guantes quirúrgicos estériles.
  • Jeringas desechables con aguja de diversas medidas.
  • Material de sutura.
  • Soluciones antisépticas.
  • Tela adhesiva.
  • Tiras reactivas para la determinación de glucosa en sangre.
  • Vendas elásticas diversas medidas.

Medicamentos de uso general

  • Analgésicos.
  • Anestésico local.
  • Antidiarreicos.
  • Antieméticos.
  • Antihistamínicos.
  • Antihipertensivos.
  • Antiinflamatorios.
  • Antipiréticos.
  • Broncodilatadores.
  • Corticosteroides.
  • Electrolitos orales.
  • Vasodilatadores coronarios.

El cumplimiento de todos los elementos señalados es indispensable para evitar multas e inclusive la clausura del consultorio médico. Mientras que si deseas consultar a detalle la nueva NOM la puedes hacer en el siguiente enlace.

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