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    Aprueban adquisición excepcional de medicamentos en Argentina

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    Autoridades del gobierno nacional de Argentina, a través de sus representantes en la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), una de las instituciones especializadas en el control de insumos farmacológicos que se desprenden del poder ejecutivo de la unión, revelaron la habilitación del nuevo Régimen de Acceso de Excepción a Medicamentos no registrados.

    Con esto en mente y conforme a la redacción de un artículo publicado por la cadena de noticias del periódico La Nación, este 31 de octubre el gobierno nacional emitió la disposición 10874-E/2017 relacionada con aquellos medicamentos que no estén registrados en el país y que sean requeridos en el tratamiento del paciente.

    En esa tesitura, aquellos medicamentos que estén regulados en la siguiente lista de países podrán ser adquiridos por el paciente para completar su tratamiento. Una medida que pretende subsanar la limitación que existe en la nación argentina por medio de este mecanismo internacional.

    La lista completa (Anexo I, en orden alfabético):

    • Alemania;
    • Australia;
    • Austria;
    • Bélgica;
    • Brasil;
    • Canadá;
    • Chile;
    • China Taipei;
    • Chipre;
    • Colombia;
    • Confederación Helvética;
    • Corea del Sur;
    • Croacia;
    • Cuba;
    • Dinamarca;
    • España;
    • Estados Unidos;
    • Eslovaquia;
    • Eslovenia;
    • Estonia;
    • Finlandia;
    • Francia;
    • Grecia;
    • Hong Kong;
    • Hungría;
    • Indonesia;
    • Irlanda;
    • Islandia;
    • Islandia;
    • https://www.saludiario.com/wp-content/uploads/2015/12/8f6d71a5-bigstock-human-brain-and-computer-chip-39563953-1-e1464383720513.jpg;
    • Italia:
    • Japón;
    • Letonia;
    • Lichtenstein;
    • Lituania;
    • Malasia;
    • Malta;
    • México;
    • Noruega;
    • Nueva Zelanda;
    • Países Bajos;
    • Polonia;
    • Reino Unido;
    • República Checa;
    • Rumania;
    • Singapur;
    • Suecia;
    • Sudáfrica;
    • Tailandia; y,
    • Ucrania.

    El pedido de importación de un medicamento a través del nuevo registro deberá realizarse presentando la declaración jurada confeccionada por el médico tratante más el consentimiento informado firmado por el paciente o sus representantes legales. Una vez firmada, sellada y fichada por la Anmat, la declaración jurada constituirá constancia suficiente para ser presentado ante la Dirección General de Aduanas.

     

    Imagen: Bigstock

     

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