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    Requerimientos mínimos de infraestructura para el consultorio médico

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    De acuerdo con lo establecido por la Ley General de Salud, la Secretaría de Salud de México ejerce sus atribuciones de regulación, control y fomento sanitario a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), por lo que todo profesional de la salud que desee abrir su propio consultorio médico deberá cumplir con los requerimientos que esta instancia fije para autorizar su apertura.

    A fin de que el médico esté preparado para superar la verificación de COFEPRIS, conviene que revise si cumple con la infraestructura necesaria para el consultorio médico, ya que éste debe:

    • Disponer de accesos para pacientes con capacidades diferentes.
    • Contar con recepción.
    • Tener sala de espera que ofrezca un mínimo de seis lugares por consultorio.
    • Contar con área de interrogatorio y de exploración física delimitada por un elemento físico.
    • Incluir lavabo funcional, jabón y toallas desechables en el área dispuesta para exploración física.
    • Tener servicio sanitario para los usuarios.

    Se considera que la infraestructura del consultorio médico incluye el conjunto de áreas y locales interrelacionados indispensables para la prestación de servicios de atención médica, de modo que si aún no cumples con estos requisitos es hora de comenzar a trabajarlos a fin de recibir el visto bueno de COFEPRIS.

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