El pasado 26 de abril el Senado de la República Mexicana aprobó una iniciativa de reforma a la Ley General de Salud que regula la gestación subrogada sin fines de lucro, la cual establece que el uso de técnicas de reproducción asistida se permitirá bajo orden médica, siempre que una pareja heterosexual sea incapaz de concebir por problemas de infertilidad (por lo que excluye a personas solteras y homosexuales).
Asimismo, el documento fija penas de 8 meses a 17 años de cárcel a quien pague a una mujer por rentar su vientre, la presione mediante violencia o se aproveche de su condición económica.
De acuerdo con el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), el problema con esta iniciativa radica en que no ofrece un marco legal que garantice la autonomía reproductiva ni evite la discriminación de quienes decidan someterse a un procedimeinto de este tipo sin importar su orientación sexual, estatus económico o estado civil.
“Actualmente no hay una legislación federal en maternidad subrogada y, por lo tanto, las leyes federales del IMSS e ISSSTE no toman en cuenta este procedimiento y no lo contemplan como parte de las prestaciones”, denunció Alex Alín Méndez Díaz, coordinador del área de Litigio del GIRE.
La ausencia de una Norma Oficial imposibilita a las gestantes que participan en convenios de embarazo subrogado acceder a los beneficios de la seguridad social, lo que pone en riesgo su salud.
Adicionalmente a este problema, en México únicamente dos hospitales públicos ofrecen tratamientos de bajo costo contra la infertilidad, en los cuales los requisitos para los candidatos son restrictivos.
Mientras en el Instituto Nacional de Perinatología el servicio sólo se ofrece a parejas con problemas de infertilidad probada y edad máxima de 35 años para mujeres y 55 años para hombres, en el Hospital 20 de Noviembre la edad máxima para ellos se conserva igual y para ellas sube a 36 años, pero además debe tratarse de parejas legalmente constituidas con un hijo previo como máximo.
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