La lección de Colombia sobre residencias médicas

Una reciente modificación en Colombia le otorga un trato más digno a los residentes, ¿crees que sea posible lograr algo similar en México?

Desde hace algunos años, en Colombia, se estaba gestando un cambio muy importante en la organización de las residencias médicas. No fue un camino fácil y, en muchas ocasiones, se le negó a los residentes el derecho al trabajo digno; pero con perseverancia, diálogo y organización lograron que se cambiara el marco normativo. Con la entrada en vigor de la ley 1917 de 2018, se reglamentó el Sistema de Residencias Médicas en Colombia. Esta ley y posteriores resoluciones del Ministerio de Salud y Protección Social lograron que las residencias médicas luzcan muy diferentes.

Anteriormente, los médicos residentes en Colombia trabajaban dentro de las instituciones de salud, pero en ocasiones, en lugar de recibir un sueldo justo tenían que pagar matrículas a las instituciones para trabajar. Además, debido a que el estatus jurídico de los médicos residentes no era claro, no tenían, en muchas ocasiones, acceso a seguridad social o prestaciones como vacaciones pagadas o licencias por maternidad.

Por supuesto que tener un programa de residencia en Colombia se había convertido en un gran negocio debió a que los hospitales adquirían mano de obra que hacía el trabajo y, además lograban cobrarle a los médicos por trabajar. Debido a las presiones e insistencia del gremio médico y, en particular, de los médicos residentes y sus organizaciones en 2018 se publicó la ley 1917 que reglamentó el Sistema de Residencias Médicas en Colombia.

Dentro de los artículos de la ley encontramos que ahora existe un contrato especial para la practica formativa de residentes que contempla diversas condiciones mínimas como:

1. Apoyo de sostenimiento educativo mensual no inferior a tres salarios mínimos mensuales legales vigentes.

2. Se garantizan las condiciones medios y recursos para el desarrollo formativo.

3. Afiliación al Sistema General de Seguridad en Salud y al Sistema General de Riesgos Laborales.

Por otra parte, se establece una jornada máxima de trabajo de 12 horas por turno y 66 horas por semana. Las cuales deberán incluir las actividades académicas, de prestación de servicio e investigación.

Posteriormente, en una resolución del Ministerio de Salud se adiciona la licencia por paternidad, por maternidad y el derecho de los médicos residentes para contar con los elementos de protección personal que su práctica formativa requiere.

Esta ley y las posteriores resoluciones que la modifican son ejemplos claros del gremio médico mejorando sus condiciones laborales y de vida por medio del diálogo y la organización. El gremio colombiano y sus estudiantes nos han dado una gran lección con este importante cambio que lograron y sólo nos queda desearles suerte y que en algún momento podamos organizarnos en nuestro país para mejorar las condiciones laborales del personal de salud.

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Mauricio Sarmiento tiene un despacho jurídico en el que se ofrece asesoría a médicos o personal de salud en temas de derecho médico y responsabilidad civil. Escritor de En la Residencia Médica.

Mauricio Sarmiento
El Dr. Sarmiento tiene un despacho jurídico en el que se ofrece asesoría a médicos o personal de salud en temas de derecho médico y responsabilidad civil. Autor del libro "En la Residencia Médica".