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    CNDH emite recomendación al IMSS por violencia obstétrica

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    El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) dio a conocer que analiza la recomendación 66/2021 que emitió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) a su coordinación de Atención a Quejas y Casos Especiales por hechos ocurridos entre diciembre de 2018 y enero de 2019, “para cumplir con los puntos planteados” por dicho órgano.

    ¿Por qué se emitió la recomendación de la CNDH al IMSS?

    El IMSS manifestó su disposición de cooperar permanentemente, su compromiso de velar por la salud y la atención de calidad y oportuna a su población derechohabiente.

    Lo anterior, luego de que la CNDH dirigió la Recomendación 66/2021 al director general del IMSS, Zoé Robledo. Por la negligencia cometida por personal de la Unidad Médica Rural (UMR), ubicada en Tila, Chiapas. La cual, atendió a una mujer indígena embarazada y que derivó “en que el producto de la gestación muriera” y permaneciera ya sin vida en el cuerpo de la paciente por cerca de dos semanas.

    En un comunicado, refirió que el 17 de diciembre de 2018, la agraviada acudió a la UMR del IMSS para hacerse una revisión de rutina. Donde la médica que la atendió le indicó que todo se encontraba normal.

    Sin embargo, cuando asistió nuevamente el 3 de enero de 2019, “la doctora le explicó que se encontraba en urgencia obstétrica y que el producto de la gestación tenía aproximadamente 15 días de haber perdido la vida. Por lo que le indicó que se trasladara al Hospital Rural de Ocosingo, Chiapas”.

    La CNDH inició el expediente de queja CNDH74/2019/324/Q

    Al respecto, la CNDH inició el expediente de queja CNDH74/2019/324/Q y tras investigar el caso concluyó que “tanto la desafortunada pérdida de la vida del producto de la gestación. Como las complicaciones que presentó la agraviada se encuentran estrechamente vinculadas a la omisión del personal de salud de realizar su referencia oportuna a un segundo nivel de atención. Desde el momento mismo que se identificaron factores de riesgo en su embarazo, sumada a las condiciones contextuales de rezago, carencia y vulnerabilidad en las que se encuentra” la mujer indígena.

    De igual forma, la CNDH acreditó la responsabilidad institucional del IMSS “mediante la falta de insumos clínicos en la UMR. Carencia que incide directamente en el servicio médico otorgado a las y los usuarios de esta unidad de salud. Contraviniendo los estándares nacionales e internacionales en materia de salud. Y la omisión al entregar el informe pormenorizado que debió recabar y presentar respecto a la intervención de la médica en los hechos.

    Lo cual, agregó, se traduce en falta de colaboración” respecto a las labores que realiza la Comisión Nacional.

    La CNDH emitió una serie de puntos recomendatorios al IMSS

    Por lo anterior, la CNDH emitió una serie de puntos recomendatorios al IMSS para que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas. Se brinde la reparación integral por los daños causados a la víctima y a tres personas cercanas a ella también afectadas.

    Exhortó a todo el personal de la UMR en Nueva Esperanza y el Hospital rural a someterse al proceso de certificación y recertificación ante los Consejos de Especialidades Médicas correspondientes. Y crear, en un plazo no mayor de 12 meses, un Programa Permanente para la prevención y atención de los casos de Violencia Obstétrica.

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