Responsabilidad profesional en la atención médica

La responsabilidad médica, en la actualidad, es de medio y no de resultado; lo que se refiere a que el médico no está obligado a garantizar la salud del enfermo, pero sí, de brindar todo su apoyo y conocimientos en procura de su mejoría.

Aunque, es necesario reconocer que el error es perfectamente lógico en cualquier actividad humana y que la medicina no es una excepción. Pero la equivocación, conlleva una responsabilidad que debe ser asumida por el individuo. Sin embargo, es grande la diferencia que hay entre el error y la mala práctica médica y no puede escudarse en que la medicina no es una ciencia exacta; ya que se asume que quien la practica es un profesional comprometido con la protección de la vida.

La responsabilidad es definida como “la capacidad existente en todo sujeto activo de derecho para reconocer y aceptar las consecuencias de un hecho realizado libremente”. 1

La responsabilidad que conlleva la práctica de la medicina, surge de las características que encierra su práctica, entendiendo que, todo procedimiento diagnóstico, terapéutico o quirúrgico, está asociado a un riesgo para el paciente, que es soportado por el paciente, pero debe ser asumido por el profesional y obviamente, tiene unas implicaciones legales.

En el caso de las cirugías estéticas, la práctica médica es de resultado. En este caso, el paciente piensa que va a obtener un resultado, debido a la información que le ofrece el facultativo, ya que, la información genera expectativas que pueden ser irreales y ésta mala información es la que genera la responsabilidad. La obligación del médico respecto a la persona a quien va a tratar, es una prestación de servicios basada en el consentimiento.

Las implicaciones de una mala práctica médica, pueden estar fundadas en la información incorrecta o incompleta suministrada por el paciente. En este caso, es de vital importancia una historia clínica completa y veraz. Con la que podría demostrarse la responsabilidad del paciente en el resultado.

La exigencia por parte de los pacientes para que el médico corresponda a su confianza con ética y moral, es cada vez mayor; pues, cuando el profesional no cumple con el ejercicio de sus funciones bajo los lineamientos éticos y morales de su profesión, o lo hace con ligereza, descuido, negligencia o impericia, vulnera la confianza depositada en él.

En Colombia, la responsabilidad profesional está avanzando en la exigencia de la misma, como un mecanismo sano y de mejoramiento del ejercicio de la profesión médica, para que la excelencia en los servicios profesionales sirva de inspiración a toda la sociedad.

En el juramento hipocrático se consagran los principios básicos del ejercicio de la medicina; a los que posteriormente se incorporaron normas y teorías sobre aspectos relacionado con esta rama del conocimiento, por parte de autores y expositores de la bioética y, luego, los organismos internacionales y los estados establecieron sus propios códigos, señalando los principios que debían regir en el ejercicio médico.

En Colombia, la Ley 23/81 y el Decreto 3380/81 prescriben las normas que rigen la ética médica: “(…) la ética, entonces, deja de ser pura filosofía y se plasma en unos cuerpos normativos completados que nos están señalando de manera específica cómo debe ser el comportamiento del profesional de la medicina o del profesional de la odontología para sostener que el mismo ha estado ajustado a la ética”.

Con lo cual, la ética médica deja de lado su responsabilidad moral y se convierte en jurídica cuando el comportamiento del profesional se examina en un tribunal del Estado, donde el juzgador es el Tribunal de Ética Médica, el cual está integrado por profesionales médicos.

REFERENCIAS

  • Material dirigido solo a profesionales de la Salud
  • Información realizada para profesionales de la salud en territorio colombiano
  • Todo lo publicado en la plataforma es una recomendación, más no una prescripción o indicación médica

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